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Desafíos en la práctica jurídica ante reformas estructurales.

Introducción

El pasado 28 de enero de 2026, impartí una conferencia a los futuros abogados en la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Querétaro, campus Amealco, donde dije que el ejercicio del Derecho en México ha dejado de ser un terreno de certezas heredadas para convertirse en un ecosistema de adaptación constante. Al iniciar este 2026, nos encontramos en el epicentro de una transformación que no solo cambia las leyes, sino la identidad misma de quienes operamos el sistema de justicia. Frente a las nuevas generaciones de abogados en Querétaro, es imperativo analizar cuatro pilares que sostienen nuestra realidad jurídica actual: la reforma al Poder Judicial, el nuevo paradigma procesal civil/familiar, la reforma al juicio de amparo y la nueva política criminal.


1. La nueva cara del Poder Judicial.

Este 2026, es el año de preparación de la segunda parte de elección de juzgadores federales y la renovación total de magistrados y jueces del poder judicial local, cuya elección será en junio de 2027. En el Estado, tenemos la gran oportunidad de evitar los garrafales errores de la elección federal y, afortunadamente, la reforma a la Constitución general, da un trato diferente a los poderes judiciales locales.

El objetivo primordial es contar con un mecanismo que permita que los mejores perfiles sean las personas que lleguen a elección popular, para, de obtener los votos, ejerzan la función de juez o magistrado.

Este año deberán estar listas las reglas del juego, es decir, la reforma la constitución local y a las leyes secundarias como Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Querétaro, Ley Electoral y todo lo que requiera para contar con un proceso electoral que requiere la ciudadanía queretana ante la inminente elección de jueces por voto popular, principalmente, un mecanismo de depuración que privilegie el mérito, la trayectoria y la ética profesional.

2. La implementación del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares.

Este año inician los procedimientos orales en materia civil y familiar en los distritos judiciales de San Juan del Río (junio), Amealco, Tolimán, Cadereyta y Jalpan (diciembre).

Ello demanda tres frentes: capacitación intensiva para operadores y litigantes; suficiencia de recursos humanos; e inversión financiera para infraestructura, sistema de gestión y salas de audiencia.

Además de lo complicado que pueda ser el proceso de implementación ante las restricciones impuestas por el mismo código en el artículo sexto transitorio que pueden leer aquí, enfrentamos otras problemáticas que se entrecruzan con la mal llamada reforma judicial, porque el personal jurisdiccional al que ahora se le está capacitando, no será precisamente el personal que estará al frente de la justicia oral civil y familiar, pues si bien, tal sistema debe quedar implementado en su totalidad el 1 de abril de 2027, lo cierto es que para el 1 de octubre del mismo año, tendremos nuevos jueces y magistrados que sean los ganadores por voto popular, y así como puede llegar un perfil preparado y capacitado, también podrá llegar quien no lo esté, con todo lo que ello significa para el ciudadano que reclama justicia.

Y por parte de los abogados, en 2026, el abogado que no domine la litigación oral y las plataformas digitales está, técnicamente, fuera del mercado.

La coincidencia temporal con la reforma judicial multiplica el reto: nuevos juzgadores operando en un nuevo sistema procesal implica una reingeniería integral.

3. El Amparo bajo la lupa: Límites y Desafíos.

Ya me he ocupado en otras entradas sobre las recientes reformas a Ley de Amparo del 16 de octubre de 2025, que introduce un nuevo concepto de interés legítimo, incrementa las exigencias para conceder la suspensión del acto reclamado y debilita el cumplimiento del amparo por parte de la autoridad responsable, con reglas que fortalece su margen de acción; todo lo cual, exige demasiado en los abogados y futuros abogados para establecer estrategias de defensa y argumentativas que permitan que un ciudadano, violentado en sus derechos, pueda acceder al amparo.

En términos prácticos, el ciudadano se enfrenta a barreras más altas, mientras que la autoridad dispone de mayores márgenes; de ahí que el litigio deba ser cada vez más estratégico, con construcción de casos que aspiren no sólo a la reparación individual sino a impactos estructurales.

Lo anterior generará, también, recurrir más al control de convencionalidad. Si el amparo pierde fuerza frente a la ley, la responsabilidad del juzgador de aplicar el bloque de constitucionalidad se convierte en la última línea de defensa.

4. La nueva política criminal en el país.

De igual forma, en otras entradas he hablado de las reformas a través de las cuales: se militarizó a la Guardia Nacional con reconocimiento constitucional, se le dieron facultades de investigación, se creó la figura de jueces sin rostro, se amplió el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa y se ordenó a los jueces aplicar literalmente dicha disposición constitucional (artículo 19 constitucional, segundo párrafo), todo lo cual marca la nueva política criminal en nuestro país.

El mensaje sistémico es claro: se robustece el poder punitivo del Estado y se estrecha el margen de maniobra del juez. La respuesta profesional no puede ser la resignación, sino la excelencia técnica en litigación y la estricta adhesión a estándares de derechos humanos.

Prospectiva: El Abogado del Futuro.

El escenario nacional en 2026 exige un perfil híbrido. Ya no basta con ser un “letrado” en el sentido clásico; el futuro pertenece a quienes logren equilibrar cuatro dimensiones:

  1. Litigio estratégico: Estaba reservado al ámbito constitucional y de derechos humanos, pero ante las reformas enunciadas, los abogados hoy deben estar preparados, no solo para resolver un conflicto inter partes, sino provocar cambios -estructurales, sociales, legislativos o de políticas públicas-, para proteger derechos humanos y visibilizar injusticias sistémicas.

  2. Destrezas de litigación oral y argumentativas: Dominio de la oralidad y convencimiento en audiencias, ahora también las materias civil y familiar (además de mercantil, penal, laboral)

  3. Manejo de tecnologías: Uso ético de la IA y gestión digital. Habilidades para el uso de firma electrónica avanzada, juicio en línea, gestión digital de expedientes y cultura probatoria apoyada en evidencia tecnológica.

  4. MASC: Saber solucionar conflictos a través de la conciliación, mediación, arbitraje, como primera opción, no como recurso residual.

Y principalmente, un gran compromiso social: Entender que la justicia, ahora más que nunca, es un servicio público bajo el escrutinio social.

Ya no basta con saber derecho sustantivo; se requieren destrezas en litigación, mecanismos alternativos y uso de plataformas digitales, tomando en cuenta que en contextos de transición normativa, la ética es el ancla de certeza jurídica y confianza pública.

El derecho mexicano vive una fase de reconfiguración profunda. No se trata sólo de nuevas normas; estamos ante nuevas prácticas y nuevas responsabilidades. El profesional del derecho que el país requiere combina solvencia técnica, ética pública y una comprensión estratégica del litigio. Porque, hoy más que nunca, el derecho no se lee únicamente en libros y códigos: se defiende en audiencias, se delibera con evidencia y se ejerce con responsabilidad

Estamos construyendo el Derecho mientras lo ejercemos. A los estudiantes de Querétaro les digo: no teman a la incertidumbre del cambio. La arquitectura de la justicia en 2026 es más abierta y dinámica, pero su cimiento debe seguir siendo el mismo: la protección de la dignidad humana y el imperio de la razón sobre la fuerza.

Aquí les comparto la presentación del día de la Conferencia Amealco

 

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